Defensoría de la Niñez presenta Recurso de Protección a raíz de más de 14 mil niños, niñas y adolescentes en lista de espera para ingresar a programas ambulatorios de protección de sus derechos


  • La acción constitucional se interpuso contra el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, la Subsecretaría de la Niñez y el Servicio Mejor Niñez, como organismos responsables de asegurar el acceso de niños, niñas y adolescentes a dichos programas.

 

Son 14.301 los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en lista de espera para acceder a tratamientos ambulatorios decretados por los Tribunales de Justicia del país, en el contexto de procedimientos de aplicación judicial de medidas de protección en favor de sus derechos. Esta cifra, informada por el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia (Mejor Niñez) mediante oficio a la Defensoría de la Niñez, llevó a esta última institución a presentar un Recurso de Protección en la Corte de Apelaciones de Santiago, con el fin de que se restituyan los derechos a la vida y a la integridad física y psíquica y la igualdad ante la ley de aquellos niños, niñas y adolescentes.

La acción constitucional se interpone en contra del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, la Subsecretaría de la Niñez y el Servicio Mejor Niñez, como responsables de la oferta de programas de protección.

En el recurso, la Defensoría de la Niñez señala que, en septiembre de 2021, alertados por la Corte de Apelaciones de San Miguel, se tomó conocimiento de parte de la situación, informando de 980 niños, niñas y adolescentes en lista de espera. La institución, entonces, puso en conocimiento al Servicio Nacional de Menores y, luego, a su sucesor legal, el Servicio Mejor Niñez, exponiendo que lo informado podía constituir una omisión del cumplimiento de las obligaciones establecidas por ley, es decir, garantizar la existencia de suficiente oferta de las distintas líneas de acción y programas de protección especializada, en todas las regiones del país, conforme a la demanda real o estimada en cada una de ellas. También se realizaron recomendaciones y solicitudes específicas para subsanar el problema de las listas de espera. En esa ocasión, Sename respondió entregando una cifra de poco más de 11 mil niños, niñas y adolescentes en lista de espera y justificando esto con “la alta demanda actual de prestaciones que no puede ser abordada de manera completa por la oferta programática existente, ya que no hay un reflejo o correlato equivalente a la demanda en términos presupuestarios del Servicio”.

Frente a esa situación, la Defensoría de la Niñez volvió a oficiar a dichos organismos, en varias ocasiones, reiterando recomendaciones y solicitudes. Una de esas respuestas, entregada por Mejor Niñez en diciembre de 2021, reveló que a nivel nacional existían 14.301 niños, niñas y adolescentes en espera de ingreso a algún programa. De la información remitida, puede inferirse que el 0,37% de los niños, niñas y adolescentes se encuentra en lista de espera entre 1 y 2 meses; el 4,06% entre 4 y 5 meses; el 23,9% entre 5 y 6 meses; el 70,7% entre 7 y 8 meses y el 0,84% más de 9 meses.

Es así que, tras un último oficio, enviado a la actual titular del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, la Defensoría de la Niñez enfatiza que “el ingreso de los niños, niñas y adolescentes a estos programas ambulatorios responde a la ocurrencia e identificación de situaciones de graves vulneraciones de derechos que requieren de oportuno y especializado abordaje, por lo que el hecho de que no cuenten con la posibilidad de acceso efectivo a instancias de intervención, restitución y reparación constituye un nudo critico relevante que impide cautelar la inmediata protección de su integridad, bienestar y desarrollo”. Sin embargo, hasta la fecha, dicho documento no ha sido respondido.

Por todo lo anterior, la Defensoría de la Niñez denunció la situación a la Corte de Apelaciones de Santiago, acusando que los organismos recurridos “han omitido, de forma contumaz, la adopción de medidas concretas que permitan el acceso a los programas, terapias y medidas de protección ordenadas por los Tribunales de Familia del país; omitiendo dar estricto cumplimiento a sus obligaciones legales, sin dar razón o motivo alguno que le justifique, conforme a derecho; omisiones que, siendo del todo arbitraria e ilegal, las que privan, menoscaban y amenazan sus derechos a la integridad física y psíquica y a la igualdad ante la ley y no discriminación; junto con dar cuenta del incumplimiento sistemático y estructural de las obligaciones de respeto y garantía de dichos derechos que pesan sobre el Estado de Chile, de acuerdo con lo dispuesto en el derecho internacional de los derechos humanos” y espera que este recurso de protección sea acogido, declarándose la vulneración  de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y disponiéndose las medidas que aseguren su efectiva protección.