La Constitución es como una brújula que guía y acompaña a las sociedades, es la principal norma con la cual nos organizamos y proyectamos. Luego de que chilenas y chilenos decidieran en 2020 la redacción de una nueva por parte de la Convención Constitucional, el 4 de julio de 2021 ésta comenzó su trabajo. Después de un año, la conocemos. 

Todas las personas mayores de 17 años deberán ir a votar el 4 de septiembre de 2022 para aprobar o rechazar la propuesta. Aun cuando las niñas, niños y adolescentes no participarán de este proceso, para la Defensoría de la Niñez sí es importante que tanto ellas y ellos – si así lo desean- y los adultos, independientemente de su elección, tengan acceso a la información de una forma sencilla de esta propuesta. Ese es el objetivo de esta versión, la cual se divide en dos partes:

  • Primero, las propuestas que mencionan explícitamente a niñas, niños y adolescentes (Ir).
  • Segundo, los temas en los que éstos han mostrado interés (Ir).

Derechos de niñas, niños y adolescentes

Niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos

¿Qué dice la propuesta de nueva constitución?

Todas las niñas, niños y adolescentes tienen y pueden disfrutar de sus derechos, al igual que todas las personas. Es deber del Estado* que estos se promuevan y se respeten. Para lograrlo debe preocuparse de su interés superior, tomando decisiones orientadas en su bienestar y desarrollo pleno, garantizando que crezcan en ambientes sanos y seguros. Asimismo, deben ser escuchados y se debe respetar su derecho a la participación, posibilitando que disfruten de sus derechos de forma libre, en la medida que crecen y se desarrollan.

Para lograr esto, existiría un sistema que proteja integralmente sus derechos. Dentro de sus funciones, entre otras, estaría la promoción de sus derechos y la tarea de que ningún niño, niña o adolescente sea víctima de ningún tipo de violencia. En el caso que suceda, el Estado debe actuar para detenerla y reparar. (Art. 26)

Derecho a la educación

¿Qué dice la Convención sobre los Derechos del Niño?

Niñas, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación que les permita desarrollar al máximo su su personalidad y capacidades. El Estado debe generar igualitariamente condiciones para ejercer este derecho, implementado una enseñanza obligatoria y gratuita para todos (Art.28).

¿Qué dice la propuesta de nueva constitución?

Niñas, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación. El Estado debe encargarse que la educación básica hasta la educación media sea obligatoria. Asimismo, debe procurar que sea de calidad e inclusiva. Para lograr ello, existirá un “Sistema Nacional de Educación” en el que participarían todas las instituciones educativas, debiendo colaborar entre ellas con el objetivo central de la experiencia de aprender de las y los estudiantes, incluyendo los ámbitos artísticos, ecológicos, culturales y filosóficos. Este sistema deberá ser democrático y no podrá discriminar a nadie en su acceso, no debiendo buscar el beneficio o ganancia económica.  

Asimismo, todas las niñas, niños y adolescentes tendrán el derecho a recibir educación sexual integral, la cual deberá promover que puedan disfrutar de manera libre y plena su sexualidad desde su autocuidado y en el contexto de relaciones sexuales y afectivas responsables, siendo central el consentimiento. Esta educación debe ser no sexista, eliminando toda forma de discriminación y/o sesgos y estereotipos de género, y promoviendo el reconocimiento de las diversas identidades y expresiones del género y la sexualidad (Arts. 35, 36, 40).

Derecho al deporte y la actividad física

¿Qué dice la Convención sobre los Derechos del Niño?

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la recreación y al esparcimiento con actividades propias de su edad (Art.31).

¿Qué dice la propuesta de nueva constitución?

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho al deporte y la actividad física. El Estado debe asegurar que se pueda disfrutar ya sea de forma recreativa, educativa, competitiva o de alto rendimiento.

El Estado reconocería la importancia del deporte para la sociedad, ya que permite la participación colectiva
y la integración social, además de sus beneficios para la salud.

La ley asegurará que las niñas, niños y adolescentes puedan involucrarse en actividades deportivas en los establecimientos educacionales (Art.60).

Derecho a vivir en familia

¿Qué dice la Convención sobre los Derechos del Niño?

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir con sus familias. Para esto el Estado debe respetar este derecho velando que ninguno sea separado de éstas. Sin embargo, de llegar a requerirse debe ser en base a procesos debidamente fundamentados, por el menor tiempo posible y de preferencia en opciones de cuidado familiar. En este marco también el Estado deberá prestar los apoyos necesarios para la responsabilidad primordial que tienen las familias en la crianza y cuidado de los niños, niñas y adolescentes (Arts. 5, 9).

¿Qué dice la propuesta de nueva constitución?

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir en condiciones familiares y en su ambiente, que les permita desarrollar su personalidad. No podrán ser separados de sus familias, a menos que sea necesario según su interés superior. En este caso se preferirá que viva en una familia por sobre un centro residencial.

El Estado aseguraría el derecho al cuidado a través del “Integral de Cuidados”, el que se centrará especialmente en ciertos grupos tales como niñas, niños y adolescentes, personas en situación de discapacidad, entre otros. También se resguardarán los derechos de las personas que los cuidan (Arts., 26, 50).

Derecho a estar protegidos contra toda forma de violencia

¿Qué dice la Convención sobre los Derechos del Niño?

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a que sean protegidos contra cualquier forma de violencia y explotación. El Estado deberá adoptar todas las medidas necesarias para promover su reparación y reintegración social (Art.39).

¿Qué dice la propuesta de nueva Constitución?

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra toda forma de violencia ya sea originada desde sus familias, del Estado o la sociedad. Con respecto a los entornos digitales, las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir en un espacio digital libre de violencia

El Estado declara que la erradicación de la violencia es un tema de máxima prioridad, por ello desarrollará acciones específicas para abordarla, incluyendo los espacios digitales (Arts. 26, 89).

Derecho a un trato justo

¿Qué dice la Convención sobre los Derechos del Niño?

Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a no ser nunca sometidos a torturas, tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes. Asimismo, no podrán ser detenidos arbitrariamente Cualquier niño privado de libertad tiene derecho a procesos judiciales pertinentes y ser tratado con respecto irrestricto a la dignidad humano. Todos tienen derecho a procesos judiciales y administrativos respetuosos de su interés superior y a que que su opinión sea considerada debiendo contarse con ello de un representante u órgano especializado para ello (Arts. 3, 12, 40).

¿Qué dice la propuesta de nueva Constitución?

El Estado tiene la obligación de proteger a niñas, niños y adolescentes, otorgándoles un trato justo que beneficie el ejercicio pleno de sus derechos.

Cuando se afecten sus derechos y el Estado intervenga para abordar esa vulneración, debería asegurarse que abogados protejan su interés superior, resguardando su identidad y datos personales.

Cuando una o un adolescente participe de un delito, la detención o su ingreso a un centro de privación de libertad, sería siempre la última alternativa, por el menor tiempo posible y siempre respetando sus derechos humanos.

Las niñas, niños y adolescentes no podrían perder la nacionalidad que se les ha dado por orden del Presidente o Presidenta de la República (Arts. 108, 109, 111).

Derecho a participar

¿Qué dice la Convención sobre los Derechos del Niño?

Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a su opinión sea considerada y a expresarse libremente. Cuando se tome una decisión que los afecte, es deber de los adultos y del Estado escuchar y considerar su opinión (Art. 12,13).

¿Qué dice la propuesta de nueva Constitución?

Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a ser consultados sobre las situaciones que les afecten y a que sus opiniones sean tomadas en cuenta. Además, su participación significativa debe ir aumentando progresivamente en función de su edad y madurez. Lo anterior, es un derecho individual, y también, el derecho a ser escuchados y a participar como una colectividad.

Todas las personas tendrían derecho a votar. Sería obligación votar para los mayores de 18 años, y en el caso de las y los adolescentes de 16 y 17 años, sería voluntario, es decir, ellos y ellas decidirían si votarán o no.

En el caso de las y los adolescentes que pertenecen a algún pueblo o nación indígena, o tribal afrodescendiente, y que tengan 16 o 17 años, podrían votar para elegir a autoridades que representan a esos pueblos, naciones o tribus; siempre que estuvieran inscritos en una lista que existirá para eso llamada “Registro Electoral Indígena” (Arts, 26, 160).

Temas de interés de niñas, niños y adolescentes

Sobre salud

Todas las personas tienen derecho a la salud, tanto en lo físico como en lo mental. Para lograrlo, existirá un “Sistema Nacional de Salud” que deberá tomar acciones de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, habilitación y rehabilitación. Este sistema será para todas y todos, público y coordinado entre sí (Art.44).

Sobre protección a la naturaleza

El Estado deberá garantizar la educación ambiental para promover el cuidado de la naturaleza, formando una conciencia ecológica.

 La naturaleza tiene derecho a ser respetada y protegida, además tiene derecho a la restauración de sus ciclos naturales, los ecosistemas y la biodiversidad. El Estado debe garantizar y promover los derechos de la naturaleza.

Todas las personas tienen derecho al aire limpio durante toda su vida.

El Estado debe proteger la biodiversidad, por lo que tiene que preservar, conservar y restaurar el hábitat de las especies nativas silvestres.

El Estado debe proteger a los animales, reconociendo que son seres sintientes y que tienen derecho a una vida libre de maltrato.

El Estado promoverá una educación basada en la empatía y respeto a los animales.

El Estado tiene el deber de regular la gestión de los residuos y fomentar su reducción.

(Arts. 39, 105, 130, 131, 133)

Sobre inclusión y no discriminación

Todas las personas son libres, dependen entre sí para poder desarrollarse, y tienen todas la misma dignidad y derechos. No se puede discriminar a nadie por ningún motivo, mucho menos por su nacionalidad o falta de ella, edad, sexo, características sexuales, orientación sexual o afectiva, identidad y expresión de género o diversidad corporal.

Toda persona tiene derecho al libre desarrollo y pleno reconocimiento de su identidad, en todas sus dimensiones y manifestaciones, incluyendo las características sexuales, identidades y expresiones de género, nombre y orientaciones sexoafectivas. (lo dejaría igual)

El Estado tiene la obligación de generar las condiciones para que en Chile los hombres, mujeres, diversidades y disidencias sexuales y de género participen en todas las áreas, sin diferencias, y todos y todas deben estar siempre representados y representadas para que exista democracia en el país.

En Chile, se reconoce que las familias tienen distintas formas y modos de vivir, y que no sólo están formadas por personas relacionadas por la sangre. Todas las familias serán protegidas y tienen derecho a una vida digna.

 Las personas con discapacidad ejercerán por sí mismos todos sus derechos, tomándose todos los resguardos para que lo realicen de manera segura para ellos y ellas. Tienen derecho a acceder a todos los espacios y servicios, a incluirse en la sociedad, en trabajo y a participar de la vida política, económica social y cultural del país. Habrá una oficina del Estado que trabajará especialmente en todo lo necesario para que todo esto se concrete y que en las decisiones que se tomen esté siempre considerada la opinión e intervengan las personas con discapacidad.

(Arts.4,6,10,25, 28)

Sobre protección social

La Ley establecerá un sistema de seguridad social público que otorgue protección en ciertos casos como de maternidad, paternidad o en otros casos de falta o disminución de medios de subsistencia o trabajo. Particularmente, asegurará cobertura de prestaciones para quienes cuidan, entre otros.

Las y los trabajadores tienen derecho a una remuneración que asegure su sustento y el de sus familias.

El Estado generará acciones que permitan conciliar la vida laboral, familiar y comunitaria, y el trabajo de cuidados.

El Estado resguardará los derechos de la maternidad y paternidad de los trabajadores/as.

En el diseño de las políticas de vivienda se considerará a personas de grupos de especial protección (entre ellos se encuentran los niños, niñas y adolescentes).

(Arts. 45, 46, 51)