El Mecanismo es un sistema permanente e integral para observar y dar seguimiento al ejercicio de derechos de niños, niñas y adolescentes que se encuentran bajo el cuidado del Estado, a nivel nacional. Su creación encuentra sustento normativo en las facultades y atribuciones de la Defensoría de la Niñez, particularmente aquellas contenidas en el artículo 4° letras e), f), h) e i) y el artículo 15° letra f) de la Ley N°21.067:
· Requerir antecedentes o informes a los órganos de la Administración del Estado o a personas jurídicas que tengan por objeto la promoción o protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, cuando se tome conocimiento de posibles vulneraciones a tales derechos [Art. 4, letra e)]
· Visitar dependencias en las cuales permanezcan niños, niñas y adolescentes privados de libertad, en su sentido amplio, con el objetivo de conocer las condiciones en las que se encuentran y velar por que se protejan sus derechos humanos [Art. 4, letra f)]
· Emitir informes y recomendaciones que tengan por objeto la promoción o protección de derechos de los niños, niñas y adolescentes [Art. 4, letra h)]
· Elaborar un plan para observar y hacer seguimiento a la actuación de los órganos de la Administración del Estado, así como de personas jurídicas y organizaciones que
tengan por objeto la promoción o protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes o que, con sus acciones, puedan afectar tales derechos [Art. 4, letra i)]
· Realizar una cuenta pública e informar, entre otros aspectos, la situación de los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en centros de privación de libertad y centros residenciales de protección, reciban o no recursos del Estado [Art. 15, letra f)]